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Las partes civiles en el proceso penal Amaya Arnaiz Serrano.

Por: Series Tirant monografías ; 415.Detalles de publicación: Valencia Tirant lo Blanch 2006.Descripción: 526 p. 22 cmISBN:
  • 8484564924
  • 9788484564928
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Libro Biblioteca de Derecho Mons. Fremiot Torres Oliver Colección General biblioteca derecho KKT 4829 .A976 2006 (Navegar estantería(Abre debajo)) Disponible 70000000848510
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Includes bibliographical references (p. [501]-526).

Reseñas proporcionadas por Syndetics

Spanish Review

La regulación actual relativa al ejercicio acumulado de la acción civil a la penal resulta a todas luces anacrónica. En estas páginas, y siempre desde una perspectiva crítica, hemos tratado de analizar y apuntar cuál es el alcance y contenido que la acción civil ejercitable en el proceso penal ha cobrado en nuestros días a base de interpretaciones jurisprudenciales. La extensión y amplitud que en el ámbito del proceso penal han alcanzado los pronunciamientos de naturaleza civil ha sido tradicionalmente objeto de duras críticas, puesto que constituyen un auténtico desbordamiento de la estricta concepción legal de esta institución. Si bien es cierto que, hasta el momento, nuestros tribunales no han requerido que las acciones de naturaleza civil que pretendían deducirse en la causa fuesen típicas, en el sentido de encontrarse legalmente previstas, no lo es menos que los principios de seguridad jurídica e igualdad, así como el derecho al juez predeterminado por la ley, hacen no sólo conveniente sino aconsejable que las mismas sean recogidas por el legislador. Pues, además, ésta es probablemente la única manera de que su deducción en el procedimiento se realice de conformidad con la naturaleza y régimen jurídico que le son propios, sin necesidad de "desfigurarlos", para que los mismos¡ encajen en el concepto de responsabilidad civil ex delicio, ni de acudir a extravagantes argumentaciones para atribuir competencia civil a los órganos de la jurisdicción penal. \ Este examen nos pone sobre la pista de en qué medida la realidad de la práctica forense sobrepasa las previsiones legislativas, requiriendo de una urgente reforma que permita acomodar aquella realidad al principio de legalidad, pues pese a que una interpretación integradora ha podido durante años salvar los escollos de una trasnochada regulación, ésta incurre en ocasiones en situaciones de verdadera inseguridad jurídica e, incluso, a veces, de prácticas que vulneran el principio de igualdad, dada la falta de uniformidad entre los criterios interpretativos empleados por los órganos jurisdiccionales.\
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